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La obra del acueducto ya està pràcticamente concluìda. Un amparo no procede contra actos consumados. El fallo de la Corte señala que se respete la garantìa de audiencia a la etnia yaqui en el procedimiento de elaboraciòn del estudio de impacto ambiental.De aquì a que se elabore el citado estudio, la poblaciòn de Hermosillo, tendrìa meses de uso del agua que conduce el acueducto.El amparo en cuestiòn, NO es contra el gobierno de Sonora, sino contra Semarnat, por no haber dado audiencia a la tribu yaqui, previo al estudio de impacto ambiental que hiciera hace algùn tiempo.
2013-05-09